DEFINICIÓN

La ventas basadas en el marketing multinivel se asientan sobre dos pilares:

  1. La venta directa: Consiste en ir directamente a los consumidores para ofrecerles y venderles algún tipo de producto y/o servicio; ya sea de forma personal o mediante el uso de medios electrónicos como el internet.
  2. La creación de redes: Consiste en invitar a otras personas para que participen como Distribuidores Independientes en la empresa de multinivel en la que uno está asociado. Si la propuesta es aceptada, pasan a formar parte de su red de trabajo (línea descendente).

El funcionamiento básico de los negocios multinivel, consiste en “vender” el producto o servicio a los consumidores finales; para luego, proponerles que se incorporen como distribuidores independientes (también puede funcionar al revés). Si una o varias personas aceptan la propuesta, ingresarán a su red de comercialización, momento en el que empieza una fase de capacitación de los nuevos distribuidores (en el que Usted debe participar activamente). Finalmente, los nuevos integrantes de su red, cumplirán el mismo rol; es decir, venderán los productos o servicios directamente al consumidor, mientras intentan reclutar, auspiciar o afiliar nuevos miembros a la red de trabajo.

Cabe destacar, que este sistema de comercialización ha demostrado ser muy exitoso y efectivo para distribuir productos y servicios directamente a los consumidores, además de brindar nuevas oportunidades de trabajo a distintos segmentos sociales, culturales y económicos.

MULTINIVEL VS PIRAMIDAL

La venta multinivel está regulada en nuestro ordenamiento jurídico en el artículo 22 de la Ley del comercio minorista: “La venta multinivel constituye una forma especial de comercio en la que un fabricante o un comerciante mayorista vende sus bienes o servicios a través de una red de comerciantes y/o agentes distribuidores independientes, pero coordinados dentro de una misma red comercial y cuyos beneficios económicos se obtienen mediante un único margen sobre el precio de venta al público, que se distribuye mediante la percepción de porcentajes variables sobre el total de la facturación generada por el conjunto de los vendedores integrados en la red comercial, y proporcionalmente al volumen de negocio que cada componente haya creado. A efectos de lo dispuesto en este artículo, los comerciantes y los agentes distribuidores independientes se considerarán en todo caso empresarios a los efectos previstos en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias”.

La profesora del Centro de Estudios Financieros y de la Universidad a Distancia de Madrid, María Teresa Bote García dice en su Manual de Derecho Mercantil: “Se considera venta piramidal aquella en la que el consumidor o usuario realiza una contrapresta­ción a cambio de la oportunidad de recibir una compensación derivada fundamentalmente de la entra­da de otros consumidores o usuarios en el plan y no de la venta o suministro de bienes o servicios. La venta piramidal consiste pues en un negocio en el que la principal forma de retribución se deriva de las cuotas que otras personas abonan para unirse al negocio, en lugar de la venta de productos o servicios a los consumidores finales”.

EJEMPLOS

  • ACN.
  • Órgano Gold.

FUENTES

Ley 7/1996, de 15 de enero, de ordenación del comercio minorista.

www.emprendedores.es

www.promonegocios.ne