QUE SE PUEDE REGISTRAR

Los dos requisitos que se deben cumplir para registrar un diseño son:

  • El diseño debe ser “nuevo”, se considera que un diseño es nuevo si no se ha hecho público ningún otro diseño idéntico antes de la fecha de presentación de la solicitud de registro.
  • Debe tener “carácter singular” que supone que la impresión que produce en un usuario informado difiere de la impresión general que haya producido otros diseños anteriores.

Ahora bien, no se puede registrar como diseño:

  • Aquellos que responden sólo a una función técnica.
  • Símbolos o emblemas oficiales (como la bandera nacional)
  • Contrarios al orden público

DURACIÓN DE LA PROTECCIÓN

Una vez concedido el registro del diseño, su titular deberá retirar el Título de Registro de Diseño Industrial y no estará obligado al pago de tasa alguna, hasta que hubiera de renovar el registro del mismo. El registro se otorgará por cinco años a contar desde la fecha de presentación de la solicitud de registro, y podrá renovarse por uno o más periodos sucesivos de cinco años hasta un máximo de veinticinco años computados desde dicha fecha.

COSTE DE TRAMITACIÓN Y REGISTRO

Desde 73,45€.

Resisar las tasas actualizadas en la web de la OEPM.

PROCEDIMIENTO DE REGISTRO

Antes del procedimiento como tal se recomienda realizar una búsqueda previa de modelos, dibujos y diseños industriales registrados en la web www.oepm.es y ahí en la base de datos INVENES.

  1. Rellenar los impresos de solicitud que están en la web de la OEPM.
  2. Deben abonarse en concepto de tasa de solicitud las cantidades correspondientes. Existe igualmente la posibilidad de presentar una solicitud electrónica de diseño, con el beneficio de esta forma de una rápida tramitación en el procedimiento de concesión del mismo y de la correspondiente reducción de tasas.
  3. La representación gráfica de cada diseño podrá comprender de 1 a 7 perspectivas o vistas que podrán agruparse en una misma reproducción cuyas medidas no excedan 26,2 x 17 cm. La reproducción se adherirá o imprimirá sobre hojas aparte, o en la página prevista para ello en el formulario puesto a disposición de los solicitantes.
  4. Los Diseños se conceden en tres días, siempre que cumplan todos los requisitos requeridos en la fecha de su presentación y en cuatro meses en caso de suspenso antes de la concesión. En caso de que se presenten oposiciones después de la concesión, el plazo máximo para resolver es de 8 meses a partir de la presentación de la oposición.
  5. Contra cualquier resolución dictada por la Oficina, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes contado desde la publicación de la resolución en el B.O.P.I.

EJEMPLOS

 diseno industrial 02 diseno industrial 01

FUENTES

Oficina Española de Patentes y Marcas. www.oepm.es.
Ley 11/86, de 20 de marzo, de patentes y modelos de utilidad.