Descuento comercial
DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS
El descuento comercial es una operación de crédito a través de la cual se anticipa el importe del crédito no vencido instrumentado mediante efectos mercantiles (letras de cambio y otros) a cambio de la cesión o del endoso de los mismos a un precio determinado.
La finalidad es disponer anticipadamente del importe de las ventas realizadas a terceros instrumentadas mediante efectos comerciales. Admite tanto letras de cambio como pagarés, recibos o certificaciones.
La entidad financiera no asume el riesgo de impago, es decir, si finalmente el deudor no paga dichas facturas, el coste es asumido por el cliente.
Condiciones:
A tipo fijo
Forfait: tipo único de interés para cualquier plazo del papel.
Por tramos: tipo de interés variable según el plazo de vencimiento del papel.
A tipo variable (EURIBOR): en estos casos, la liquidación corresponde a la del tipo único.
Gastos asociados:
- De estudio: se adeuda en el momento de formalizar la operación.
- De gestión de cobro: varía en función de las características de los efectos (domiciliados o no, aceptados o no, etc.).
- Por devolución de efectos.
- Corretaje de fedatario público: generado por la intervención del contrato por el corredor de comercio.
- Timbres: impuesto de actos jurídicos documentados, que se devenga en el momento del descuento, cuando lo descontado no son letras de cambio, como pagarés, recibos…
Ventajas
- Dispone de mayor liquidez.
- Se puede cubrir las necesidades de financiación del circulante.
- Disponemos anticipadamente del importe de las ventas realizadas a terceros instrumentadas mediante efectos comerciales.
FUENTES
BBVA. www.bbva.es
La Caixa. www.lacaixa.es
Manual del Emprendedor, EUROCEEI.