Comunidad de bienes / sociedad civil
DEFINICIÓN
La Comunidad de Bienes (C.B.) Las comunidades de bienes son las formadas por varias personas que ostentan la propiedad y titularidad de una cosa o derecho indiviso.
La Sociedad Civil (S.C.) se trata de un contrato por el cual dos o más personas se comprometen a poner en común bienes, dinero o trabajo para realizar negocios y repartir ganancias.